1 TOMÁS Y VALIENTE, Francisco, Manual de Historia del Derecho español, Madrid, Editorial Tecnos, S. A., 2ª. reimpr. de la 4ª. ed., 1987pp. 465-466.
2 Ibid.
3 Ibid., p. 465.
4 Ibid., p. 476.
5 Ibid., pp. 465-467.
6 Ibid., pp. 467 y 478-481.
7 Ibid., pp. 469-475.
8 Ibid., p. 476.
9 Constitución de España de 6 de julio de 1808, art° 96. El texto de la Constitución de 1808 figura en http://www.bibliojuridica.org/libros/5/2038/2.pd
10 PEINADO, José María, Instrucciones para la Constitución fundamental de la Monarquía Española y su gobierno, Guatemala, Editorial del Ministerio de Educación Pública, 1ª. Ed., 1953, p. 21.
11 ARGÜELLES, Agustín, Discurso preliminar leído en las Cortes al presentar la Comisión de Constitución el proyecto de ella (1812), en http://hc.rediris.es/01/Constituciones/discurso.htm.
12 Constitución Política de la Monarquía Española de 19 de marzo de 1812, art° 258. Su texto en http://hc.rediris.es/01/Constituciones/ce12.htm.
13 Orden de 2 de abril de 1814. Su texto figura en Colección de los decretos y órdenes que han expedido las Cortes ordinarias desde 25 de setiembre de 1813, día de su instalación, hasta 11 de mayo de 1814, en que fueron disueltas, Madrid, Imprenta Nacional, 1ª. Ed., 1821.
14 TOMÁS Y VALIENTE, op. cit., p. 487.
15 Ibid., pp. 496-497.
16 SCANDELLARI, Simonetta, “La difusión del pensamiento criminal de Gaetano Filangieri en España”, en Nuevo Mundo. Mundos Nuevos, 2007, en http://nuevomundo.revues.org/index3484.html
17 Ibid., pp. 497 y 538-539.
18 V. TOMÁS Y VALIENTE, op. cit., pp. 495-497.
19 VALLE, José del, “Gobierno”, en Escritos del licenciado José Cecilio del Valle, Guatemala, Editorial “José de Pineda Ibarra”, 1ª. Ed., 1969, vol. II, pp. 200-201.
20 Constitución de El Salvador de 12 de junio de 1824, Art° 29. Su texto en
http://www.bibliojuridica.org/libros/4/1575/9.pdf
21 Constitución de la República Federal de Centroamérica de 22 de noviembre de 1824, art° 10, en http://www.mp.hn/Biblioteca/constituciones/1824.htm
22Ibid., art° 161.
23 SILVA, José Enrique, Compendio de Historia del Derecho de El Salvador, San Salvador, Editorial Delgado, 1ª. Ed., 2001, pp. 40-41 y 59-60.
24 LUJÁN MUÑOZ, Jorge, Del Derecho colonial al Derecho nacional: el caso de Guatemala, en http://www-gewi.uni-graz.at/jbla/JBLA_Band_38-2001/085_108.pdf
25 V. CUAREZMA TERÁN, Sergio J., “El proceso penal en Nicaragua”, pp. 603-605, en ZAFFARONI, E. R., y otros, El proceso penal. Sistema Penal y Derechos Humanos, México, Editorial Porrúa, S. A. de C. V., 1ª ed., 2000, El proceso penal. Sistema penal y Derechos humanos, México, Editorial Porrúa, pp. 597-684.
26 Constitución de 11 de diciembre de 1825, art° 32 inc° 2. Su texto puede consultarse en http://www.cervantesvirtual.com/servlet/SirveObras/12471737651469628265679/index.htm.
27 Sobre el Código General costarricense de 1841, V. SÁENZ CARBONELL, Jorge Francisco, Los sistemas normativos en la historia de Costa Rica, Santo Domingo de Heredia,Ediciones Chico, 2ª. ed., 2007, pp. 345-346 y 353-357, 366-369, 377-380, 395-398 y 411-414; SÁENZ CARBONELL, Jorge Francisco, “Transformaciones jurídicas del año 1841”, pp. 441-461, en Braulio Carrillo. El estadista, San José, Imprenta Nacional, 2000, pp. 411-480.
28 SÁENZ CARBONELL, Los sistemas… , op. cit., pp. 428-432.
29 SILVA, op. cit., pp.41, 67-71.
30 Ibid., p. 42.
31 GUZMÁN BRITO, Alejandro, La codificación civil en Iberoamérica, Santiago, Editorial Jurídica de Chile, 1ª. Ed., 2000, p.. ; SILVA, op. cit., pp. 42 y 77-79.
32 Ibid., pp. 60
33 GUZMÁN BRITO, op. cit., p. 418.
34 CUAREZMA TERÁN, op. cit., p. 606.
35 V. Superintendencia de bancos y de otras Instituciones Financieras de Nicaragua. Reseña Histórica, en http://www.superintendencia.gob.ni/index.php?cont=contenido_web&id=1&seccion=3
36 Código de procedimientos civiles de la República de Nicaragua: redactado con arreglo a las disposiciones del código civil, Managua, Imprenta de “El Centroamericano”, 1ª. Ed., 1871.
37 GUZMÁN BRITO, op. cit., pp. 346-347.
38 Código de Comercio, Guatemala, Imprenta de Luna, 1ª. Ed., 1877.
39 Código Penal, Guatemala, Tipografía de “El Progreso”, 1ª. ed., 1877.
40 V. Constitución de 5 de febrero de 1848, art° 29 inc° 2. Su texto completo puede consultarse en http://www.cervantesvirtual.com/servlet/SirveObras/01371307122384802980035/index.htm.
41 V. BARAHONA, Rubén, Breve historia de Honduras, Tegucigalpa, D. C., Talleres Tipográficos Nacionales, 1ª. Ed., 1946, pp. 132-133; BECERRA, Longino, Evolución histórica de Honduras, Tegucigalpa, Editorial Baktún, 16ª. Ed., 2001, pp. 120-121.
42 Constitución de 28 de setiembre de 1865, art° 26 inc° 2. Su texto completo puede consultarse en http://www.cervantesvirtual.com/servlet/SirveObras/01478403322625673132268/index.htm
43 Sobre Madrid, V. LEIVA VIVAS, Rafael, Diplomacia y literatura en HonduraS. Notas de Rafael Leiva Vivas, pp. 21-22, en http://www.conadeh.hn/CEDI/documentos/D987_DIPLOMACIA_DE_LITERATURA_EN_HONDURAS.pdf.
44 Así lo indica Madrid en una carta al Presidente Medina, fechada en Comayagua el 7 de marzo de 1866 e incluida en Código Penal de la República de Honduras, París, Librería de Rosa y Bouret, 1ª. ed., 1866, páginas preliminares,
sin numerar.
45 TOMÁS Y VALIENTE, op. cit., p. 500.
46 Ibid.
47 Ibid. Se refiere a la obra de Pedro Gómez de la Serna y Juan Manuel Montalbán, Elementos del derecho civil y penal de España: precedidos de una reseña histórica, publicada por primera vez en Madrid en 1861.
48 El texto del decreto figura en Ibid.
49 Ibid., artº 492.
50 LEIVA VIVAS, op. cit., p. 22.
51 Constitución de 23 de diciembre de 1873, art° 26 inc° 3. Su texto completo puede consultarse en
http://www.cervantesvirtual.com/servlet/SirveObras/02449465325133385754491/index.htm
52 BARAHONA, op. cit., pp. 137-140.
53 Ibid., pp. 140-141.
54 Ibid., pp. 141-147; BECERRA, op. cit., pp. 127-132.
55 BARAHONA, op. cit., p. 142.
56 GUZMÁN BRITO, op. cit., p. 421.
57 GONZÁLEZ Y CONTRERAS, Gilberto, El último caudillo, México, D. F., B. Costa-Amic, Editor, 1ª. ed. 1946, p.P. 31.
58 GUZMÁN BRITO, op. cit., pp. 488-489.
59 Código Penal de la República de Honduras, Tegucigalpa, Tipografía Nacional, 1ª. Ed., 1880.
60 El texto de la Constitución de 1° de noviembre de 1880, que entró en vigencia el 1° de diciembre de ese año, figura en http://www.cervantesvirtual.com/servlet/SirveObras/12159085351210402976624/p0000001.htm#I_1_
61 SALAS, Luis, y RICO, José María, La justicia penal en Honduras, EDUCA, 1ª. Ed., 1989, pp. 31 y 33-34.
62 D’ANS, André-Marcel, Honduras. Difícil emergencia de una nación, de un Estado, Tegucigalpa, René Video Producción, 5ª. Ed., 2007, p. 171; REINA VALENZUELA, José, y ARGUETA, Mario, Marco Aurelio Soto: reforma liberal de 1876, Tegucigalpa, Banco Central de Honduras, 1ª. ed., 1978, p. 220.
63 SUAZO LAGOS, René, y otros, “El proceso penal en Honduras”, p. 369. Su texto figura en ZAFFARONI, y otros, op. cit., pp. 357-402. Este detallado y valioso ensayo también puede consultarse electrónicamente en http://unpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/icap/unpan028759.pdf.
64 Código de Procedimientos de la República de Honduras, Tegucigalpa, Tipografía Nacional, 1ª. Ed., 1880.
65 Efemérides militares. Mes de enero, en http://www.ffaah.mil.hn/index.php/historia-militar/efemerides-militares.html?showall=1.
66 Código Penal Militar de la República de Honduras, Tegucigalpa, Tipografía Nacional, 1ª. ed., 1881. Su texto también figura en http://www.archive.org/stream/cdigopenalmilit00hondgoog#page/n13/mode/1up.
67 V. D’ANS, op. cit., p. 171.
68 REINA y ARGUETA, op. cit., p. 220.
69 BARAHONA, op. cit., pp. 144-147.
70 Ibid., pp. 147-160.
71 SANSO, Aro (pseudónimo de Ismael Mejía Deras), Policarpo Bonilla, Apuntes biográficos, México, D. F., Imprenta Mundial, 1ª. ed. 1936, p. 273.
72 El texto de la Constitución de 18 de octubre de 1894, que entró en vigencia el 1° de enero de 1895, puede consultarse en http://www.cervantesvirtual.com/servlet/SirveObras/08144174511970573087857/index.htm
73 V. el decreto respectivo en http://www.archive.org/stream/cdigodecomercio00hondgoog#page/n11/mode/1up
74 Ibid.
75 Código Penal, Tegucigalpa,Tipografía Nacional, 1ª. ed., 1898, pp. IX-XX. Su texto también puede consultarse en http://www.archive.org/texts/flipbook/flippy.php?id=cdigopenal00hondgoog
76 V. el dictamen de la Corte Suprema de Justicia sobre el nuevo Código y el informe de los redactores, cuyo texto puede consultarse en http://www.archive.org/stream/cdigodecomercio00hondgoog#page/n11/mode/1up
77 Ibid.; Código de Comercio, Tegucigalpa, Tipografía Nacional, 1a. ed.,1898.
78 Enciclopedia Universal Europeo-Americana, Madrid, Espasa-Calpe, S. A., 1ª. ed., 1905-1930, vol. 28, p. 240.
79 El jurado existía en Honduras con anterioridad a esa legislación, pero solamente entraba a conocer del caso después de evacuados los traslados de buena prueba, por lo que el procedimiento seguía siendo escrito. V. SUAZO LAGOS y otros, op. cit., p. 369. Además, una ley de 14 de noviembre de 1895 había establecido un jurado de seis integrantes para calificar los delitos de imprenta. V. Enciclopedia… , op. cit., vol. 28, p. 241.
80 Ibid., vol. 28, pp. 240-241.
81 SUAZO LAGOS y otros, op. cit., p. 369.
82 Código Civil, Tegucigalpa, Tipografía Nacional, 1ª. ed., 1898, pp. VI y ss.
83 Ibid, pp. IX y ss..
84 Ibid.
85 GUZMÁN BRITO, op. cit., p. 488.
86 http://www.archive.org/stream/codigodemineria00hondgoog#page/n12/mode/1up
87 BARAHONA, op. cit., pp. 166-171.
88 Constitución de 2 de setiembre de 1904. Su texto puede consultarse en http://www.cervantesvirtual.com/servlet/SirveObras/12059439739035940765213/index.htm
89 GUZMÁN BRITO, op. cit., p. 419.
90 V. Decreto N° 76 de 19 de enero de 1906. Su texto figura en Legislación militar centroamericana, San José, Instituto Interamericano de Derechos Humanos, 1ª. ed., 1997, pp. 512-513.
91 Constitución de 2 de setiembre de 1904. , art° 146.
92 GUZMÁN BRITO, op. cit., p. 423.
93 V. FRAGOSO, Heleno Cláudio, O Direito Penal Comparado na América Latina, en http://www.fragoso.com.br/cgi-bin/heleno_artigos/arquivo30.pdf
94 V. SALAS y RICO, op. cit., p. 35.
95 SUAZO LAGOS y otros, op. cit., p. 369.
96Ibid.
97 V. MORALES MONTALVÁN, Vilma Cecilia, Implementación de la Reforma Penal en la República de Honduras, en http://idbdocs.iadb.org/wsdocs/getdocument.aspx?docnum=770062
98 El texto del Código Militar de 1906 figura en Legislación militar centroamericana, San José, Instituto Interamericano de Derechos Humanos, 1ª. Ed., 1997, pp. 512-626. También aparece en
http://www.archive.org/stream/cdigomilitar00hondgoog#page/n0/mode/1up
99 Sobre la caída del general Bonilla, V. BARAHONA, Rubén, op. cit., pp. 171-173.
100 V. Decreto de 8 de febrero de 1908, en http://www.cervantesvirtual.com/servlet/SirveObras/013606265414696171656
79/index.htm
101 En 1921, Honduras se unió con El Salvador y Guatemala en la resucitada República Federal de Centroamérica. En la Constitución de la nueva federación, aprobada en Tegucigalpa el 9 de setiembre de ese año, se estableció (artº 86 incº 2) que era atribución del Poder Legislativo federal “Unificar la legislación civil, comercial, penal y procesal, decretando, al efecto, los Códigos que deben regir en los Estados y en el Distrito Federal.”; sin embargo, la unión fue efímera y a principios de 1922 los tres estados participantes reasumieron su soberanía. El texto de la Constitución de la República Federal de Centroamérica de 1921 figura en http://www.cervantesvirtual.com/servlet/SirveObras/00367407811103873087857/p0000001.htm
102 V. http://www.oas.org/juridico/spanish/firmas/a-31.html
103 V. CASTRILLÓN Y LUNA, Víctor M., La recodificación sustantiva del Derecho Mercantil, en www.juridicas.unam.mx/publica/rev/derpriv/cont/7/dtr/dtr1.htm
104 BARRERA GRAF, op. cit.. p. 55.
105 Código de Comercio, Tegucigalpa, D. C., Talleres Tipo-Litográficos, 1ª. Ed., 1950. También figura en http://www.honduraslegal.com/legislacion/comercio.htm
106 BARRERA GRAF, op. cit.. p. 55.
107 Según Ibid., p. 55, el jurista chileno Julio A. Olavarría, en su obra Los Códigos de Comercio latinoamericanos, Santiago, Editorial Jurídica de Chile, 1ª. Ed., 1961, pp. 95 y 109 y ss., consideró que los tres más notables códigos mercantiles latinoamericanos del siglo XX habían sido el de Nicaragua y el de Panamá, ambos de 1916, y el hondureño de 1950.
108 SÁENZ CARBONELL, Los sistemas… , op. cit., p. 433.
109 V. http://docs.google.com/viewer?a=v&q=cache%3Aj7GbgZYN4wJ%3Awww.cainco.org.bo%2Fccac%2FLegislacin%2
FConvenci%25C3%25B3n%2520de%2520Panam%25C3%25A1.pdf+convenci%C3%B3n+de+panam%C3%A1+ratificaciones+honduras&hl=es&gl=cr&sig=AHIEtbS5Tw456ImBJWIRbYSnqrddEeZRqw&pli=1
110 V. http://www.uncitral.org/uncitral/es/uncitral_texts/arbitration/NYConvention_status.html
111 Movimiento Obrero, en http://todo.honduraslaboral.org/leer.php/136
112 Constitución de Honduras de 19 de diciembre de 1957, artº 134. El texto de la Constitución de 1957 puede consultarse en http://www.cervantesvirtual.com/servlet/SirveObras/01478404433725684232268/p0000001.htm#I_4_
113 V. BARAHONA, Marvin, Honduras en el siglo XX. Una síntesis histórica, Tegucigalpa, Editorial Guyamuras, 1ª. ed., 2005, p. 190.
114 Código del Trabajo, Tegucigalpa, Talleres Tipo-Litográficos Nacionales “Ariston”, 1ª. ed., 1964. El texto del Código también puede consultarse en http://www.ilo.org/dyn/natlex/docs/WEBTEXT/29076/64849/S59HND01.htm
115 Ibid.
116 El texto del Código de Minería de 1970 figura en
http://www.ciprodeh.org.hn/Leyes%20Descargables/CODIGO%20DE%20MINERIA.pdf
117 El texto del Código de Familia de 1985 figura en http://www.iin.oea.org/badaj_v/docs/lcofhn84.htm
118 http://www.unhcr.org/refworld/docid/3dbe70415.html
119 SUAZO LAGOS y otros, op. cit., p. 370.
120 El texto del Código Penal de 1985 figura en http://www.oas.org/juridico/mla/sp/hnd/sp_hnd-int-text-cp.pdf.
121 Ibid.
122 http://www.glin.gov/view.action?glinID=20700
123 SUAZO LAGOS y otros, op. cit., p. 370.
124 Ibid., p. 371.
125 Ibid., pp. 359-361.
126 Ibid., p. 399.
127 Ibid., p. 400.
128 Código Procesal Penal, Tegucigalpa, Casa Blanca, 1ª. ed., 2000. Su texto también puede consultarse en http://asjhonduras.com/cms/docs/golpe/CODIGO%20PROCESAL%20PENAL%202002.pdf
129 Ibid. Sobre la puesta en ejecución de la reforma derivada del nuevo código, V. MORALES MONTALVÁN, op. cit.
130 Sobre Gómez Colomer, http://www.aneca.es/media/186149/academia_cv_catedraticossupl_sociales_gomez.pdf
131 El texto del dictamen de la comisión figura en http://www.riaej.org/index.php?option=com_docman&task=cat_view&gid=71&dir=DESC&order=name&limit=5&limitstart=10.
132 V. periódico El Heraldo, Tegucigalpa, 21 de agosto de 2009. Puede consultarse electrónicamente en ttp://www.elheraldo.hn/Pa%C3%ADs/Ediciones/2009/08/22/Noticias/Suspenden-aplicacion-del-Codigo-Procesal-Civil
133 Ibid.
134 Su texto figura en http://www.cejamericas.org/doc/legislacion/hond_ley_conciliacion.doc
135 Su texto figura en ttp://www.honduraslegal.com/legislacion/legi040.htm
136 Su texto figura en hhttp://www.honduraslegal.com/legislacion/legi394.htm
137 V. Un breve sumario y análisis de la Ley General de Minería, en http://www.revistazo.com/oct-03/leymineria.htm