PresENTACIîN

Dr. V’ctor PŽrez Vargas

En su nœmero 91, la Revista Judicial ofrece colaboraciones sobre Derecho Constitucional, Derecho Bancario, Propiedad Intelectual, Derecho Ambiental, Derecho del Transporte y Teor’a del Contrato.

El ilustre constitucionalista, Lic. Rom‡n A. Navarro Fallas, quien recientemente public—, junto con Rodolfo Piza Escalante ( ) y Rodolfo Piza Rocafort, el excelente libro ÒPrincipios ConstitucionalesÓ, participa, en esta ocasi—n, con ÒDerecho fundamental a la salud, reconocimiento positivo, caracter’sticas y principios jur’dicos que lo informanÓ. En este aporte, el autor centra el an‡lisis en la salud como valor real (bien jur’dico) desde una perspectiva hol’stica y din‡mica y con base en su reconocimiento positivo en principios convencionales internacionales y constitucionales. Nos habla de que el derecho a la salud tiene dos dimensiones, Òuna para exigir abstenciones e imponer l’mites a la injerencia de los dem‡s y en especial de los poderes pœblicos y la otra, diametralmente opuesta, para exigir acciones positivas del EstadoÓ. Nos recuerda la posici—n de la Sala Constitucional segœn la cual Òcualquier criterio econ—mico que pretendiera hacer nugatorio el ejercicio de tales derechos, debe ceder en importancia pues como ya se indic— sin el derecho a la vida los dem‡s derechos resultar’an inœtilesÓ. En esta colaboraci—n, el Lic. Navarro Fallas comenta con maestr’a los principios (algunos sustanciales y otros instrumentales) que tienden a proteger diversos aspectos del derecho a la salud y que forman parte esencial del rŽgimen de Derecho.

El Lic. Luis Alb‡n Arias Sosa, Profesor de Derecho en la Universidad de Costa Rica, participa con ÒEl contrato bancario de cajas de seguridadÓ. Se refiere, primeramente, a la contrataci—n bancaria en general y comenta los tipos de contratos bancarios. Del contrato analizado explica sus elementos personales, reales y formales. En este trabajo, el autor explica el desenvolvimiento de la contrataci—n en banca; se–ala las categor’as y corolarios en esta modalidad de convenios; delinea conceptualmente al acuerdo de compartimientos; expone la composici—n elemental del pacto mencionado; considera diversas naturalezas asignables al contrato; destaca sus respectivas disposiciones y  tradicionales derivaciones y examina los modos extintivos del convenio. Se refiere, adem‡s, a las consecuencias en materia de responsabilidad.

ÒDerechos de propiedad intelectual y diversidad biol—gica: Consideraciones para AmŽrica LatinaÓ se titula la novedosa colaboraci—n del Lic. Jorge Cabrera Medaglia, especialista en Derecho Comercial y en Derecho Ambiental. El autor enfatiza la necesidad de tomar en cuenta la materia ambiental en los tratados comerciales. Destaca la relaci—n entre los derechos de propiedad intelectual y la biodiversidad y los instrumentos internacionales que la regulan, como el Convenio sobre la Diversidad Biol—gica y el Tratado Sobre los Recursos FitogenŽticos para la Alimentaci—n y la  Agricultura y las normas relevantes del ADPIC y las discusiones de la Organizaci—n Mundial del Comercio. En sus conclusiones sostiene que Òes necesario que las modificaciones en los sistemas de derechos de propiedad intelectual, incluyendo aquellos contempladas en Acuerdos de Libre Comercio, consideren apropiadamente las implicaciones que tendr‡n sobre estos temasÓ.

El Dr. Enrique Napole—n Ulate Chac—n, Miembro del Tribunal Agrario y Magistrado Suplente de Casaci—n y Profesor de la Universidad de Costa Rica, colabora con ÒLas acciones protectoras de la propiedad y otros derechos reales en materia agrariaÓ . En este estudio el Dr. Ulate analiza la regulaci—n constitucional de los derechos reales agrarios y el cumplimiento de la funci—n econ—mica, social y ambiental de los bienes y las diversas modalidades de tutela de la propiedad agraria, tanto en sede administrativa como jurisdiccional, incluyendo la protecci—n interdictal, constitucional y ordinaria. En este œltimo aspecto, trata las acciones de usucapi—n y de reivindicaci—n.

El Lic. Ronaldo Hern‡ndez H, Mag’ster en Derecho Pœblico, Especialista en Derecho Comercial y Egresado del Doctorado en Derecho Administrativo, adem‡s de  Juez Civil de Hacienda, participa con ÒDerecho Ambiental y Principios RectoresÓ. El autor nos recuerda que, con anterioridad a la reforma constitucional, ya la Sala respectiva hab’a declarado el derecho que todos los ciudadanos tenemos a vivir en un ambiente libre de contaminaci—n. Posteriormente, aparecen diversas leyes, entre ellas, la Ley Org‡nica del Ambiente y la Ley de Biodiversidad. El Lic. Hern‡ndez estudia el concepto de ambiente a partir de las ense–anzas del Dr. Rafael Gonz‡lez Ballar, con una visi—n tridimensional. Seguidamente, analiza la naturaleza del Derecho Ambiental y sus principios en forma muy completa. El autor afirma que Òcomo habitantes de la Tierra, los seres humanos tenemos derechos y obligaciones que configuran el marco de nuestras relaciones con nuestro entorno ambiental y social. La justicia ambiental se inspira en el principio que reconoce a todas las personas los mismos derechos a los beneficios de la oferta ambiental y cultural del planeta, e involucra la persistente actuaci—n coordinada de los diversos sectores de la sociedad, y el Estado.  Se expresa mediante la protecci—n e implementaci—n pol’tica, social y econ—mica de esos derechos, local y globalmente. Todos los habitantes merecen ser protegidos de la contaminaci—n, todos merecen aire limpio, agua pura, tierras sin contaminaci—n y alimentos que sean saludables. Proteger nuestro medio ambiente significa proteger nuestra salud, la salud de nuestras familias, nuestros vecinos, nuestra econom’aÓ.

En ÒContrato de fletamentoÓ, la Licda. Paula Chavar’a Bola–os estudia este contrato por medio del cual se pone un buque a disposici—n de un fletador, por un tiempo, o por viajes, segœn las condiciones de una p—liza. As’ como en el transporte la idea central es el traslado de mercader’as o personas y la prestaci—n esencial es una obligaci—n de hacer pura y simple, en el fletamento, en cambio, el elemento b‡sico de la convenci—n est‡ en la explotaci—n del buque por su due–o, armador o por quien tenga el derecho de explotarlo.  (Chartering). Se trata de un ejemplo de lo que se ha denominado Lex Mercatoria, creada por los usos y costumbres de los propios comerciantes, a la que se refiri—, recientemente, el Lic. Daniel GuillŽn en el nœmero 89 de la Revista Judicial. La autora, con apoyo en la estructura te—rica del negocio jur’dico, trata acerca de los sujetos, el objeto y elementos del contrato, as’ como sus diversas modalidades (por viaje, por tiempo y a casco desnudo). Finalmente, se refiere a los efectos jur’dicos, poniendo Žnfasis en las obligaciones de las partes.

La Licda. Paula Arroyo Rojas nos brinda su trabajo titulado ÒObligaciones del cargador, etiquetamiento y embalaje en el transporte mar’timoÓ. En el transporte mar’timo se denomina cargador a quien entrega una carga a un naviero (o a su agente) para el transporte mar’timo. Es una parte originaria del contrato y sus obligaciones no se limitan al pago del flete (o precio del transporte), sino que se acentœan particularmente en lo que se refiere a las declaraciones sobre el tipo de mercanc’a y al embalaje y etiquetamiento de Žsta. En su opini—n, Òla principal obligaci—n del cargador es la  correcta realizaci—n del embalaje, y el debido etiquetamiento de la mercanc’a, ya que, de esto depende el Žxito no solo del transporte de su mercader’a, sino de toda la mercader’a que se dirige en el mismo buque o barco. Si existe deterioro en la mercader’a, por algœn hecho no mencionado en el embalaje, el cargador es totalmente responsable del hecho, exonerando al porteador o transportista de los da–os y perjuicios que se pueden haber ocasionadoÓ.

El transporte internacional se ha visto transformado en las œltima dŽcadas por el uso de los contenedores. En ÒEl contenedorÓ, la Licda. Iliana Araya Garc’a nos muestra que el nacimiento  de  este medio marca un hito en la historia del transporte de mercader’as, no s—lo por v’a mar’tima sino  tambiŽn en el campo del transporte  terrestre, ferroviario y aŽreo, al facilitar  la combinaci—n de dos o m‡s de estos medios de transporte en una sola operaci—n. La autora nos narra los or’genes y evoluci—n de este instrumento de transporte con el cual se realiza la llamada unitarizaci—n de la carga, facilitando su manipulaci—n y ofreciendo mayor seguridad. Posteriormente explica los caracteres del contrato de transporte mediante contenedores y los derechos y obligaciones de las partes, lo mismo que el rŽgimen de responsabilidad y los l’mites de Žsta en las diversas convenciones internacionales. Finalmente comenta algunos fallos nacionales sobre el tema.

De la Licda. Marianela çlvarez Blanco, publicamos ÒContratos de adhesi—n y cl‡usulas abusivasÓ, trabajo que profundiza en estos contratos, donde la fase preliminar de negociaci—n desaparece y una de las partes (predisponente) simplemente establece un clausulado que la otra (adherente) se limita a aceptar. En esta modalidad formal son frecuentes los abusos, de ah’ que muchos ordenamientos se han ocupado de su regulaci—n, frecuentemente estableciendo la interpretaci—n a favor del adherente y la nulidad de las cl‡usulas abusivas.